← Volver a Noticias
La reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos tras los nuevos Reales Decretos-leyes: cambios en prórrogas y repercusión de gastos
Mis estimados clientes y amigos
La normativa reguladora de los alquileres de vivienda en España ha experimentado modificaciones recientes mediante el marco legal aprobado este mes de octubre. Estas modificaciones inciden directamente sobre la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), introduciendo precisiones en materia de prórrogas del contrato y en las condiciones de repercusión de tributos y gastos de gestión.
Principales novedades normativas
- Régimen de prórrogas en el contrato de alquiler: Se mantiene la regulación de la prórroga tácita anual (hasta un máximo de tres años adicionales) cuando transcurre el periodo de duración mínima sin que ninguna de las partes manifieste la voluntad de no renovarlo dentro de los plazos legales de preaviso.
- Repercusión de impuestos y gastos al inquilino:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): La reforma del artículo 20 de la LAU impide trasladar al arrendatario la obligación de pago de tributos asociados a la propiedad cuando la persona inquilina no ostente la condición de sujeto pasivo u obligado tributario directo.
- Tasa de basuras: Mantiene su régimen actual y podrá seguir siendo repercutida al arrendatario, al considerarse este el beneficiario efectivo del servicio prestado.
- Gastos de gestión e intermediación: Se revalida la prohibición de repercutir a la parte arrendataria los costes de gestión inmobiliaria o formalización del contrato.
- Zonas de mercado residencial tensionado: En los municipios o distritos declarados como zonas tensionadas, la normativa restringe la inclusión de nuevas cláusulas o gastos no pactados en contratos anteriores para evitar incrementos indirectos de la renta por encima de los límites de precios fijados.